TÉRMINO PARA EFECTUAR LOS NOMBRAMIENTOS DE LA LISTA DE ELEGIBLES DEL CONCURSO DE MÉRITOS DE LA FISCALÍA.
El artículo 40 del Decreto Ley 020 de 2014 dispuso expresamente que los nombramientos se deben efectuar dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación de la lista de elegibles. Por ende, para la Subsección no es admisible que la entidad accionada insista en que no le era posible efectuar el nombramiento de las personas que ocuparon un lugar en la lista de elegibles, pues si bien la Fiscalía General de la Nación ha efectuado 107 nombramientos para la Convocatoria 004 de 2008, la gestión no ha sido célere ni garantiza a los concursantes el acceso a los cargos públicos, producto del derecho que les asiste por haber superado satisfactoriamente todas las etapas del concurso de méritos, dado que ha transcurrido más de una año y no ha satisfecho la totalidad de los nombramientos de acuerdo con la lista de elegibles conformada para la provisión de los cargos.

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