TUMBAN FALLO DE MADRES COMUNITARIAS

Corte ordena pagar solo aportes a pensión para 106 madres comunitarias. Al estudiar una solicitud del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para que se anulara una decisión que ordenó reconocerles beneficios laborales a 106 madres comunitarias, el alto tribunal le ordenó al Instituto que les pague los aportes a pensión, pero dijo que no tienen derecho a las prestaciones sociales y al salario. Así, la Corte anuló parcialmente un fallo que ese mismo alto tribunal había emitido en noviembre pasado y en el que además de los aportes a pensión, también se les había reconocido derechos salariales y prestaciones. La Corte Constitucional decidió declarar la nulidad parcial de la sentencia por considerar que la misma contrariaba la jurisprudencia constitucional aplicable. De acuerdo con la legislación aplicable cabía esa protección en materia de pensión, pero no sobre la base que había dado la sentencia que implicaba y comprendía también prestaciones y salarios”. Otro punto importante es que la Corte aclara que el fallo sólo beneficia a las 106 mujeres que presentaron la tutela y no a todas las madres comunitarias del país, que son más de 80.0000.

Comentarios

Entradas populares de este blog

LA GUERRA COMO NEGOCIO Y LOS PRIVILEGIOS DE LA INDUSTRIA ARMAMENTISTA.

LA REUBICACIÓN LABORAL NO IMPLICA ÚNICAMENTE EL CAMBIO DE FUNCIONES A UNAS COMPATIBLES CON LA SALUD DEL TRABAJADOR.

LA SUSPENSIÓN DE LOS APORTES A PENSIÓN ES UNA SEÑAL DE LA INTENCIÓN DEL AFILIADO DE RETIRARSE DEL SISTEMA