CARACTERÍSTICAS DEL DELITO DE FALSEDAD IDEOLÓGICA EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO COLOMBIANO.

Esta conducta es por definición un atentado al deber de veracidad, incurriéndose en ella cuando el servidor público o el particular que tiene funciones administrativas, faltando a la verdad, decide hacer afirmaciones contrarias a la misma o la callan de manera total o parcial, mediante un documento que puede servir de prueba, de modo que se requiere la existencia de una falta a la verdad, que las afirmaciones del documento no sean reales y se ejecuten por parte del servidor público o del particular que suscribe el documento, estos son los elementos esenciales que componen la falsedad ideológica.

Comentarios

Entradas populares de este blog

CORTE CONSTITUCIONAL REVOCA FALLOS DEL CONSEJO DE ESTADO SOBRE CONSULTA ANTITAURINA.

UNIFICAN CRITERIO SOBRE INDEXACIÓN DE PRIMERA MESADA PENSIONAL CAUSADA ANTES DE LA CONSTITUCIÓN DEL 91.

ADOPTAN MEDIDAS DE DESCONGESTIÓN PARA LOS CENTROS DE SERVICIOS Y JUZGADOS DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD.