SERVIDORES DE FISCALÍA EN PUNTOS DE RECEPCIÓN DE DENUNCIAS TENDRÁN FUNCIONES DE POLICÍA JUDICIAL.

A través de la Resolución 2402 del pasado 4 de julio, fueron asignadas de manera transitoria funciones de policía judicial a los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación que desempeñan los empleos de técnico II y que estén trabajando en puntos de recepción de denuncias, por el término de un año. En el marco de dichas funciones, únicamente están facultados para recibir denuncias, querellas o informes de otra clase, de los cuales se infiera la posible comisión de un delito. Así mismo, podrán realizar entrevistas; obtener documentos que requiera el fiscal supervisor inmediato, a efectos de realizar la investigación y solicitar pruebas durante el juicio, y recibir interrogatorio al indiciado. En ejecución de dichas tareas deberán aplicar las reglas técnicas pertinentes y someter los escritos, grabaciones o archivos a la respectiva cadena de custodia, con base en las normas vigentes y en el manual de policía judicial.

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